sábado, 28 de abril de 2012

LOS PATERNAIN EN EL SIGLO XVI. 4ª PARTE. PERSONAJES SINGULARES

   Después de examinar y transcribir en el Archivo General de Navarra un buen número de documentos, un nuevo personaje de la familia Paternain aparece en el transcurso del siglo XVI. Su nombre Martín de Paternain, padre de Frances y abuelo de Thomas, de los cuales ya teníamos noticia en anteriores comunicaciones.
   Los documentos que nos han llevado a conocer parte de las vivencias de estos personajes de antaño, se basan especialmente en procesos judiciales en los que de alguna manera estuvieron implicados. Y es precisamente en estos litigios cuando demandantes, demandados, testigos, fiadores,  así como procuradores, escribanos, notarios y otros funcionarios de la Corte y Justicia del Reino de Navarra, que intervienen en estos juicios, son los que nos proporcionan filiaciones, parentesco, lugar de nacimiento, de residencia y otros muchos datos interesantes. Una vez ordenados y puestos en contexto, nos permiten ir conociendo poco a poco los entresijos de la familia de nuestros antepasados.
Lugar de Paternain.
Casa emblemática.
   Ya conocemos que vivieron en el lugar de Paternain, pero conforme vamos examinando documentos, aparecen otros lugares de la Cendea de Cizur, en los que tuvieron una influencia importante como vecinos "foranos" y poseedores de heredades. Es precisamente Martín de Paternain otro personaje muy interesante del que vamos a tratar en este trabajo, y que lo presentan los documentos como " al igual que su padre y abuelo por hombre hijodalgo, y como tal goza de vecindad en Undiano y Astrain de la manera que gozan y suelen gozar en la dicha comarca otros hijosdalgo foranos , y que en todo tiempo es y ha sido hombre honrado, pacífico apartado y quitado en cuestiones y revueltas". Es una transcripción casi literal de un documento de la época, que cabe suponer lo expresaba una persona allegada a nuestro personaje.
   Para constatar la afirmación anterior ha sido necesario indagar varios procesos entre los años 1528 y 1553 para conocer una parte de las vivencias de Martin de Paternain, en el entorno del municipio de Paternain. Hemos encontrado una gran variedad de procesos que atañen al personaje en cuestión, y esto nos ayuda a verificar la importancia del mismo en el desarrollo de los acontecimientos que sucedieron alrededor de él y de su familia. De esta amplia y variada información, hemos elegido un proceso que nos dará una buena información, no solo sobre nuestro antepasado, sino también de los personajes, lugares y circunstancias en las que trabajó sin descanso, para mantener su categoría social y su patrimonio en los territorios en los que se desarrollo su actividad.

Documento de la portada del proceso
Martin de Paternain    -- contra--
Gracian de Larraya.  año 1553
    Los 59 documentos que recoge este proceso, se designan con el número 184650, como referencia en el Archivo General de Navarra, comienzan con una reclamación que con fecha de 30 de enero del año 1551 hace Martin de Paternain, vecino de dicho lugar, contra Gracian de Larraya, señor del palacio de Undiano, sobre una admisión de vecindad. El final del proceso tiene fecha de 28 de julio de 1553.
   Los documentos que recogen este litigio ponen de manifiesto cierta complejidad, ya que implica a varias personas y lugares de la Cendea da Cizur. No obstante, es a su vez muy ilustrativo en lo referente a la vida de estos lugares de economía agraria, en los que la posesión de tierras y ganados era vital para el mantener su prestigio y un cierto nivel económico.
   En un primer documento presentado por Juan Erbiti, procurador del demandante Martin de Paternain, se presenta ante la Corte de Justicia del Reino de Navarra, en el cual se pide que resuelva en justicia, un conflicto sobre posesión de vecindad en los lugares de Zariquiegui y Undiano. Para entender la importancia de la vecindad, hay que tener en cuenta lo que este privilegio suponía, ya que facultaba disfrutar de las hierbas y aguas comunales, muy necesarias para el alimento de la cabaña ganadera de los habitantes del municipio.
   Pues bien el problema que se plantea tiene  su inicio cuando nuestro Martin de Paternain, a través de un documento recogido en este proceso ante el notario Miguel de Santesteban, con fecha de 9 de abril de 1513, cambia la vecindad que tenía en Zariquiegui . La adquiere Carlos de Larraya procurador del Reino y Corte, que a su vez le concede a Martin otra vecindad en Undiano. No conocemos el motivo del cambio de esta vecindad, pero suponemos que en aquellas circunstancias sería beneficioso para ambos personajes y como tal no tubieron problemas para realizar el contrato.
Este documento (Pag. 14) recoge una
parte del contrato de cambio de vecindad.

   Pero las circunstancias cambian cuando Carlos de Larraya, a través de un acuerdo, vende la vecindad de Zariquiegui a Martin Ruiz de Esparza, "cuyo es el palacio de Esparza por la suma de veinte florines de moneda corriente en el Reino de Navarra a treinta sueldos de dineros carlines prietos de moneda corriente". (Transcripción casi literal de parte de este documento). Esto no parecía afectar a Martin de Paternain, pero otra circunstancia modificará la situación. Esto sucede cuando en otro documento Gracian de Larraya "cuyos son los palacios de Undiano",y su hermano Pedro de Larraya escribano de la Corte Real, vecinos de la ciudad de Pamplona hijos y herederos del ya difunto Carlos de Larraya, entablan pleito contra Martin de Paternain, negándole la vecindad de Undiano que en su día la adquirió mediante el cambio por la de Zariquiegui.
   No solamente le niegan la vecindad, además los "jurados" del lugar de Undiano, "le profirieron impedimento y mala voz al dicho Martin de Paternain sobre la dicha vecindad y le prendieron sus bueyes y potrancas". La situación de nuestro protagonista es delicada, se encuentra con su antigua vecindad de Zariquiegui en poder del señor del palacio de Esparza que la compró, y sin la vecindad de Undiano que le niegan dos poderosos personajes de la época, el señor del palacio de Undiano y un escribano de la Corte Real del Reino, hermanos y herederos de un procurador en las Cortes  del Reino de Navarra.
   Por lo que comprobamos documentalmente, Martin de Paternain no era persona que se amedrentara fácilmente, y debía tener además de razón, poder económico y la condición de "hijodalgo", por lo que no duda en entablar este complejo litigio ante la Corte de Justicia del Reino de Navarra.
    Estudiando la documentación, comprobamos como Martin presenta en su defensa, una serie de "probanzas", que son documentos con declaraciones de vecinos de Zariquiegui y de Undiano, que le favorecen y ponen de manifiesto el engaño que le proporcionó el propietario de la vecindad de Undiano con  un contrato, que después de cerca de 38 años, sus hijos y herederos  no reconocen como valido, aduciendo una serie de impedimentos.

Este documento (Pag. 43). Corresponde a una
parte de las "probanzas" a favor de Martin. 
    A través de Juan de Erbiti su procurador, Martin presenta las testificacions de Miguel de Astrain, Joanes de Zariquiegui, Joanes de Echauri y Lope de Undiano, que en contestación a una serie de preguntas del notario de la Corte Real, que ratifican lo expuesto por el demandante y que le son favorables. También los demandados, Martin Ruiz y los hermanos Gracian y Pedro de Larraya presentan por mediación de sus procuradores Lope de Suescun y Martin Ibañez de Monreal otras "probanzas", que por supuesto les favorecen.
   No somos capaces de valorar las circunstancias y argumentos que contempló el tribunal para dictar sentencia, pero conocemos su veredicto dictado el día 28 de enero de 1553, en el que literalmente expresa "fallamos y debemos absolver y por la presente nuestra sentencia definitiva absolvemos y damos por libres y quietos a los dichos defendientes de lo contenido en el pedimento y demandamos contra dicho demandante en esta causa presentada y así lo procuramos y demandamos". En "roman paladino" le dejan a Martin de Paternain sin ambas vecindades.
   Aunque este proceso concluye con la sentencia desfavorable a Martin de Paternain, el contencioso no lo da por perdido, en la creencia que se han empleado malas artes en la privación de sus vecindades. En otra documentación del Archivo de Navarra, aparece un nuevo proceso con fecha de inicio 9 de agosto de 1553, meses después de la sentencia del final del anterior.
   En este nuevo pleito, y con un nuevo procurador Joan de Santesteban, se solicita rebatir y anular la sentencia del anterior proceso, y se solicita restituir a Martin de Paternain, "la vecindad que le fue dada en troque por Carlos de Larraya". Mediante 18 documentos, se aportan razones de una y otra parte sobre el conocido problema, y ahora en otra sentencia del mismo organismo de Justicia del Reino, se le concede la vecindad de Undiano al demandante.
   Tampoco ahora se puede conocer en profundidad el motivo del cambio de sentencia, pero se intuye que las nuevas "probanzas" presentadas por el nuevo procurador, pudieron influir en esta nueva resolución. La posición de Martin de Paternain tenía que ser sólida en toda la extensión de la palabra, pues sus oponentes eran personas con poder y solvencia dentro del ámbito de la Cendea de Cizur y de la ciudad de Pamplona, sede esta última de los órganos de poder del Reino de Navarra.

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