domingo, 21 de abril de 2013

VILLA DE AOIZ. COFRADÍA DE NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO. DOCUMENTOS DEL SIGLO XVII. ( PRIMERA PARTE )

   Después de la primera comunicación sobre esta Cofradía, de especial sentimiento para nuestra familia de Aoiz, hemos podido investigar en los Archivos Diocesanos, situados en la Plaza de Santa María la Real de Pamplona, un interesante proceso del año 1608, en donde aparecen datos interesantes sobre la Cofradía de Nuestra Señora del Rosario de la Villa de Aoiz.
   La información para llegar a conocer este proceso los hemos obtenido del Catálogo de Publicaciones del Tribunal Eclesiástico, en el tomo nº 6 referencia 1.148 de la Villa de Aoiz. Corresponde al Secretario Marichalar, C/460, Nº 16 y consta de 23 folios.
   En un primer documento de este proceso, se recoge la reclamación que hace el Alcalde y Regimiento de la Villa de Aoiz al Licenciado D. Pedro de Durendain vicario de la Iglesia Parroquial y vecino de la citada Villa. Esta reclamación tiene como motivo el conocer por parte de las Autoridades Civiles, el destino de una recogida de limosnas realizada por las casas de la Villa de Aoiz, que realizó la Autoridad Eclesiástica, para la compra de " purificadores ( paños de lino con que se enjuaga y se purifica el cáliz en la misa ) y otras cosas".
Una bella imagen de Nuestra
Señora del Rosario con el Niño

   Las autoridades de la Villa, desean conocer el destino de lo recaudado que según afirman en el documento conocen: " son 26 cántaros de vino y el dinero que también cogió y que tiene en su poder 63 reales y medio, que le dio Martín de Amatriain en nombre de Miguel Fernández de limosna de Nuestra Señora del Rosario ". Le acusan de apoderarse de las limosnas, cuando hay gran necesidad de emplear algún dinero en la Capilla del Rosario.
   Lo especificado corresponde en síntesis al cuerpo del documento de petición, el cual es mucho más extenso en la exposición, como acostumbran a realizar los escribanos del siglo XVII. Al final del mismo, aparece la petición al Vicario General del Obispo de Pamplona D. Juan de Peralta Munatones para que intervenga en el conflicto y obligue a su subordinado el Vicario de Aoiz, a que presentar cuentas sobre las limosnas obtenidas de los vecinos.
   Este documento lo presenta en Pamplona el día 16 de septiembre del año 1608 ante la Autoridad Eclesiástica, D. Gabriel de Oteiza procurador del Alcalde y Regimiento de la Villa de Aoiz.
   Después de esta petición documentada, el proceso recoge un nuevo escrito que corresponde a la solicitud que ahora hace D. Juan de Peralta Munatones Provisor y Vicario General en todo el Obispado de Pamplona, en representación del Ilustrísimo Monseñor D. Antonio Benegas de Figueroa, ( Obispo de Pamplona entre los años 1606-1612). La dirige a " vos D. Pedro de Durendain Vicario de la Iglesia Parroquial de la Villa de Aoiz".
   En esta petición se expresa lo siguiente: " os hacemos saber, que de parte del Alcalde y Regimiento de la dicha villa, ante nos se presenta la petición referente a las limosnas que se recogieron en las casas del vecindario, para la compra de ciertos purificadores y otras cosas " . El amplio texto de esta solicitud, recoge en síntesis todo lo referente a las cantidades de vino recogidas, que ascienden hasta los 26 cántaros de vino y la cantidad de 63 reales y medio que dio de limosna Martín de Amatriain en nombre de Miguel de Fernández a Nuestra Señora del Rosario.
 Documento de acusación del Alcalde y
Regimiento de Aoiz al Vicario de la Iglesia

   Después de la exposición, la Autoridad Eclesiástica manda al Vicario de Aoiz para "que dé cuenta y razón del dicho vino y del dinero que cogió de limosna y los entregue para realizar las obras precisas en la capilla del Rosario". Concluye el documento, que visto lo reflejado en la petición " os mandamos bajo pena de excomunión que dentro de seis días, después de que por parte de esta Corte fuerais requerido, cumplir en todo y por todo lo que se os pide por parte del Alcalde y Regimiento suplicantes".
   También expresa " que si tenéis causas justas para no cumplir, presentéis ante nos en Pamplona en Juicio, la documentación precisa mediante procurador de dichas causas, en caso contrario se procederá contra vos a la publicación de la dicha Excomunión y todo lo demás que hubiere lugar ".
   Esta petición tiene fecha 16 de septiembre del año 1608. Firma y Sello del Ilustrísimo Vicario general del Obispado de Pamplona D. Juan de Peralta y Munatones.
   El Licenciado Durendain, acusa el recibo de la demanda de su superior eclesiástico con la amenaza de excomunión y a través de una serie de documentos que aparecen en el proceso, intenta justificar el empleo de las limosnas recogidas.
   En la página 12 de la documentación general aparece una especie de factura de Fernando de Munuce, carpintero de la Villa de Aoiz en el cual expresa lo siguiente: " que he recibido de manos y poder del Licenciado Durendain Vicario de la dicha Villa de Aoiz, la suma de dos ducados de a once reales el ducado, que se me debían del trabajo realizado en la reparación de las gradas y estrado de fuste que hice para el altar de Nuestra Señora del Rosario en la Iglesia Parroquial de Aoiz, y para su claridad le dí el presente descargo escrito y firmado de mano ajena, por no saber escribir, siendo presentes por testigos Martín de Valanza mayor de años, suyos son los palacios del lugar de Yelz, vecino de la dicha Villa y Josefo de Valanza su hijo estudiante, los cuales a mi ruego firmaron ".
   En la Villa de Aoiz a 30 de septiembre del año 1608. Aparecen las firmas de los dos testigos.
Documento de la factura de Fernando de
Munuce, Carpintero de la Villa de Aoiz.

   En el mismo documento en otro apartado aparece otra comunicación a modo de factura que expresa lo siguiente: " digo yo Pedro de Olóndriz guarnicionero, que he recibido del Licenciado Durendain vicario de la Villa de Aoiz y Abad de la Cofradía de Nuestra Señora del Rosario, la suma de tres ducados por un sobrecielo, delantera y respaldo, que se ha traído para la Capilla de Nuestra Señora del Rosario. Y por ser verdad recibí dicha cantidad y dí el presente descargo, hecho de mano ajena por no saber escribir ". Firmado por D. Domingo de Osa, presbítero de la Villa de Aoiz. Fecha 24 de agosto del año 1608.
   También a su vez con fecha 6 de octubre del mismo año, se incluye un nuevo documento en el cual ante el escribano y testigos nombrados al final del documento se especifica lo siguiente: " el dicho Juan de Monreal alcalde, Martín de Amatriain, Juan Elcano, Charles Unciti y Martín de Billaba, Alcalde y Jurados en el presente año, dan su poder cumplido a Gabriel de Oteiza procurador de las Audiencias ante el Vicario General de este Reino,en el pleito que llevan contra el Licenciado Durendain, Vicario de la Villa de Aoiz y contra Domingo de Osa presbítero de dicha Villa y ambos residentes en la misma, para que den razón de la limosna recogida para la Iglesia de la Villa, de las 26 cargas de vino y de los 63 ducados y medio. Como testigos Pedro de Erdozain y Miguel de Irigoyen vecinos de la Villa de Aoiz y los otorgantes que sabían escribir firman a una con los testigos". Al final del documento aparecen las firmas de Juan de Monreal (alcalde), Martín de Amatriain y Pedro de Erdozain (testigos presentes en la redacción de este documento).
   Con la exposición de estos documentos el litigio estaba planteado, con el resto de legajos aportados se conocerá la reacción del Vicario Durendain en respuesta al Alcalde y Jurados, estamentos eclesiástico y civil de la Villa de Aoiz.
   La resolución de esta controversia la presentaremos en una segunda parte de esta comunicación.
  


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